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El 6 de abril se inició el período de presentación de la Declaración de la Renta, un trámite que se realiza anualmente y que permite a Hacienda hacer cuentas, es decir, calcular si estás al día con el pago de los impuestos correspondientes según los beneficios o las rentas obtenidas a lo largo del año fiscal (recuerda que ahora se declara 2021). El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) afecta a todas las personas residentes en España a nivel individual.
Como cada año, son múltiples las dudas que suelen aparecen cuando te pones a preparar el borrador. ¿Debe presentarla todo el mundo sin excepción? ¿Qué información se incluye? Para ayudarte a agilizar este trámite y a reducir los posibles errores, aquí compartimos algunos consejos y consideraciones generales. Puedes presentarla hasta el próximo 30 de junio, así que tienes tiempo pero ¡no esperes al último día!
Revisa el borrador de tu Declaración de la Renta
El primer paso, como sabrás, será revisar el borrador que elabora la propia Agencia Tributaria a partir de tu información. Para poderlo descargar, debes acceder a su sitio web, en el apartado de “Servicio de tramitación borrador / declaración”, validar tu identidad (con el DNI, certificado electrónico…) y revisar los datos introducidos automáticamente.
A partir de aquí, el resultado de tu declaración de la renta puede salir a devolver (Hacienda te ingresa la cuantía estipulada en la declaración porque establece que has adelantado demasiado dinero a lo largo del año) o a ingresar (debes pagar a Hacienda la parte que te falta en concepto de impuestos). Si estás de acuerdo, puedes confirmarlo automáticamente y presentarlo así.
Fechas clave para la campaña de Renta 2019
Si nos fijamos en el calendario, parece que se mantienen en su mayoría los plazos de otras campañas con algunos ajustes en el servicio de atención al contribuyente. ¿Qué fechas debes anotar en tu agenda?
- Inicio de la campaña de la Renta 2021: 6 de abril de 2022
- Se puede empezar a solicitar cita previa para ayuda vía telefónica : 3 de mayo de 2022
- Comienza la atención telefónica (previa solicitud): 5 de mayo de 2022
- Se puede empezar a solicitar cita previa para ayuda presencial : 26 de mayo de 2022
- Inicio de la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras (previa solicitud): 1 de junio de 2022
- Último día de la campaña de la Renta 2019: 30 de junio de 2022
Recuerda, además, que puedes realizar la declaración de forma muy sencilla a través de la aplicación móvil gratuita de la Agencia Tributaria (disponible tanto en Google Play Store como en Apple Store) Esta año, la aplicación ha incluida mejoras en la navegación guiada. Si te quedan dudas, puedes recorrer también al servicio telefónico destinado para este propósito. Aquí encontrarás el teléfono y el horario de atención.
4 consejos para agilizar la revisión
Quizás este trámite te quita apenas unos minutos pero, si cuentas con múltiples pagadores, eres empresario / autónomo, recibes ingresos de distintas fuentes… puede ser muy complejo. Aquí recogemos algunas consideraciones generales que deberías valorar:
- Revisa que el domicilio que aparece en tu borrador sea correcto, así como tu estado civil o si ha habido alguna modificación en cuanto a los miembros de la unidad familiar (nacimiento, defunción, etc.).
- Si has adquirido una vivienda en 2021, es posible que en el borrador no aparezca y, por lo tanto, que debas incluir los datos fiscales. En cambio, si has cambiado de trabajo, es probable que los datos fiscales laborales sí sean correctos ya que las compañías los transfieren directamente a Hacienda.
- Recuerda que los donativos desgravan. Si durante el 2021 has hecho alguna aportación en alguna ONG, debes declararlo aportando el certificado emitido por la entidad beneficiaria. En función de la cantidad aportada y del tiempo que hace que colaboras con dicha entidad puedes desgravarte una cantidad u otra. Por ejemplo, los primeros 150 euros donados se deducen al 75%.
- Las prestaciones por maternidad y por paternidad también están exentas de tributación desde el ejercicio pasado. Si has sido mamá o papá, comprueba si está bien recogido.
¿Estás obligado a presentar tu declaración?
Aquí depende de de tus ingresos durante el ejercicio de 2021. En general, si no superaste los 22.000 euros brutos anuales (procedentes de un único pagador), no estás obligad@ a hacerla. También debes tener en cuenta otros factores como los ingresos por las subvenciones por adquisición de vivienda o los rendimientos del capital inmobiliario, por ejemplo.
Estarás exento de declarar, además, si todos tus ingresos recibidos en 2021 no superan los 1.000 euros brutos anuales. Como sabrás, si eres autónomo podrás deducirte algunos gastos, como parte de las facturas de agua, gas, luz o internet, por ejemplo.
En el Grado Superior de Administración y Finanzas profundizarás en la Declaración de la Renta y en las distintas obligaciones fiscales como contribuyente.
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